Se fijan las liquidaciones por la utilización privativa del vuelo, suelo o subsuelo de las vías públicas municipales

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Se fijan las liquidaciones por la utilización privativa del vuelo, suelo o subsuelo de las vías públicas municipales

La Junta de Gobierno Local ha aprobado recientemente las liquidaciones de las empresas explotadoras de servicios por utilización privativa o aprovechamiento constituido en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías públicas municipales de Totana correspondientes al ejercicio 2021.

Las empresas referidas son Acciona Green Energy Developments, S.L.U., ADS Energy 8.0, S.L., Alcanzia Energía, S.L., Aldro Energía Soluciones, S.L., Audax Renovables, S.A., Axpo Iberia, S.L., Baser Comercializadora de Referencia, S.A., BT España Compañía de Servicios Globales, Cepsa Gas y Electricidad, S.A.U., Cide HC Energía, S.A., Comercializadora Reguladora de Gas & Power, S.A., EDP Clientes, S.A.U., Endesa Energía S.A., Energía XXI comercializadora de ref., S.L., Energy VM Gestión de Energía, S.L.U., Energía Colectiva, S.L., Energía Strom XXI, S.L., Factor Energía S.A., Factor Energía AME, S.A., Fenie Enegía, S.A., Fox Energía, S.A., Flip Energía, S.L., Gas Natural Comercializadora, S.A., Gesternova, S.A., Hola Luz Clindon, S.A., Inserimos Energía, S.L., La Unión Electro Industrial, S.L.U., Lonjas Tecnológicas, S.A., Nabalia Energía 2000, S.A., Naturgy Iberia, S.A., Nexus Energía, S.A., Orange España, S.A., Redexis GLP, S.L.U., Redexis Gas Murcia, S.A., Repsol comercializadora electrónica y gas, S.L.U., Regsiti comercializadora reguladora, S.L.U., Teledistribución Totana, S.L., Total Gas y Electricidad España, S.L.U., Total Energies Clientes, S.A.U., Total Energies Mercado España, S.A.U. y Vodafone.

La cuota referenciada podrá ser abonada en la cuenta del Ayuntamiento de Totana núm. ES87 2038 3051 34 6400000595, en período voluntario, de acuerdo con los siguientes plazos:

- Las notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 de cada mes: desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Las efectuadas entre los días 16 y último de cada mes: desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. 

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